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6 de enero de 2011

Plaguicidas y su Contexto Ambiental, Agrícola y Social. Parte 1 Definiciones.

Los Plaguicidas, también denominados pesticidas, según la FAO corresponden a “Cualquier sustancia o mezcla de sustancias, destinada a prevenir, destruir o controlar cualquier plaga, incluyendo los vectores de enfermedades humanas o de los animales, las especies de plantas o animales indeseables que causan perjuicio o que interfieren de cualquier otra forma en la producción, elaboración, almacenamiento, transporte, o comercialización de alimentos, productos agrícolas, madera o productos de madera o alimentos para animales, o que pueden administrarse a los animales para combatir insectos, arácnidos u otras plagas en o sobre sus cuerpos. Incluye las sustancias destinadas a utilizarse como reguladoras del crecimiento en las plantas, defoliantes, desecantes, agentes para reducir la densidad de fruta o agentes para evitar la caída prematura de fruta y las sustancias aplicadas a los cultivos antes o después de la cosecha para proteger el producto contra la deterioración durante el almacenamiento y transporte”.
(FAO. 2002. Código Internacional de Conducta para la Distribución y Utilización de Plaguicidas. ftp://ftp.fao.org/docrep/fao/006/y4544s/y4544s00.pdf).
Aplicación de Plaguicida con Bomba de Espalda
Existen diversos tipos o clasificaciones de plaguicidas, la más común corresponde a una clasificación de acuerdo a la especie diana (a la cual se ataca), en esta clasificación podemos agrupar a los siguientes grupos:
n       Insecticida (Insectos).
n       Acaricida (ácaros). 
n       Nematicida (nemátodos).
n       Molusquicida (moluscos y babosas).
n       Rodenticida (Roedores).
n       Lagomorficidas (Conejos y liebres).
n       Avicida (aves).
n       Fungicidas (hongos).
n       Bactericidas (bacterias).
n       Alguicidas (algas). 
n       Herbicidas (plantas).
Los más utilizados a nivel mundial por la agricultura corresponden a 3 grupos de mayor importancia: Herbicidas, Insecticidas y Fungicidas.

Los plaguicidas, tienen 3 componentes en su formulación (forma en que son comercializados):
·         Ingrediente Activo: Es el o los componentes que realmente tiene el efecto biológico sobre la plaga sobre la cual se está actuando.
·         Disolventes y diluyentes: Actúan como vehículo del ingrediente activo, diluyéndolo y permiten que llegue a de modo oportuno a la plaga.
·         Coadyuvantes: Son aquellos componentes que ayudan a que el ingrediente activo cumpla su función de reducir a la plaga, mejorando a veces la acción del plaguicida.

Desde el punto de vista agronómico y de manejo, los plaguicidas han tenido un aporte sustancial en el aumento de la productividad de los cultivos, evitando las pérdidas asociadas a ataques de plagas y enfermedades, que en muchos casos llevaban a pérdidas parciales o totales de los cultivos, y en el mejor de los pronósticos a una merma en la calidad de los productos. Sin embargo, al ser productos que están destinados a ejercer una acción “de matar” a sus dianas, estos productos no están exentos de riesgos para la salud ni tampoco para el medio ambiente. Al poco andar del uso de estos plaguicidas, se reportaron investigaciones que hablaban de los efectos ambientales de estos compuestos, especialmente relacionados con la fauna silvestre (peces y aves) que eran expuestos a estos plaguicidas o a sus residuos. Desde ese entonces a la actualidad, se han diseñado protocolos de evaluación de las sustancias que componen estos productos y los laboratorios deben hacer estudios muy extensos y costosos para poder colocar una sustancia en el mercado. Estos estudios por su parte tienen la calidad de ser reservados entre el agente evaluador y la empresa que solicita su liberación para uso comercial.
Dentro de las exigencias que se tienen que cumplir para la disposición de un producto comercial, se deben realizar, entre otros estudios, los siguientes:
n       Pruebas y Estudios Toxicológicos (confidenciales).
n       Análisis Cualitativo y Cuantitativo de los I. A. y Comprobación de la Formulación.
n       Análisis Cuantitativo y Cualitativo del Producto (Aditivos, Adyuvantes, Inertes, etc.) y su %.
n       Características Físico químicas del Preparado.
n       Utilización del producto:
        Método de aplicación, incluida la descripción del sistema utilizado
        Dosis de aplicación y, si procede, concentración final del biocida y de la sustancia activa en el sistema en que vaya a usarse el preparado
        Número y ritmo de aplicaciones
        Periodos de espera necesarios para proteger al ser humano.
        Precauciones de aplicación.
n       Estabilidad del producto.
n       Datos referentes a residuos.
n       Incompatibilidad con otros productos.
n       Condiciones de conservación.
n       Tipo de envase y contenido neto.
n       Documentación para el medio ambiente.
n       Ficha de datos de seguridad actualizada.
n       Ficha de datos de seguridad de cada uno de los componentes que forman parte del formulado.
n       Proyecto de etiqueta (dependiendo del uso Ambiental, Doméstico o Ambos).

Una manera de medir o cuantificar la toxicidad (ambiental, riesgo humano) de un plaguicida de manera teórica es a través de una prueba QSAR, a continuación se explica a que corresponde:
QSAR: Proviene de Quantitive Structure Activity Relationships, Método que asume que existe una relación implícita entre la toxicidad de un xenobiótico (ingrediente activo del plaguicida) y sus propiedades físico-químicas. Se basa en establecer relaciones matemáticas simples para describir y luego extrapolar una o varias de esas propiedades a un conjunto de compuestos que usualmente pertenecen a una misma familia química. Las relaciones matemáticas se pueden establecer mediante regresiones multi-lineales o métodos no lineales. Así se puede predecir la actividad de la molécula en relación a sus propiedades fundamentales (estructura, propiedades físicas y químicas).

Una vez establecido un plaguicida y aceptado su uso, se deben respetar ciertos niveles de residuos de plaguicidas, los cuales no deben tener efectos nocivos ni tóxicos en la salud de los consumidores de los productos en los cuales se aplican.
Para entender esto, primero se debe definir lo que es residuo de plaguicida, así no se incurre en errores de concepto para hablar del tema.
Por "Residuo de plaguicida“ se entiende cualquier sustancia especificada presente en los alimentos, productos agrícolas o alimentos para animales como consecuencia del uso de un plaguicida. El término incluye cualquier derivado de un plaguicida, como productos de conversión, metabolitos y productos de reacción, y las impurezas consideradas de importancia toxicológica, se expresa en mg/Kg. (Nota: el término "residuo de plaguicida" incluye tanto los residuos de procedencias desconocidas o inevitables (ambientales), como los derivados de usos conocidos de la sustancia química).
Los residuos de plaguicidas pueden variar según sea su naturaleza y se expresan de la siguiente forma:

n       Residuos de la Sustancia Original: Cuando la sustancia original (ingrediente activo) no se ha metabolizado y de metabolitos derivados son molecularmente próximos a la sustancia original (su riesgo es propio a la toxicidad directa del mismo).

n       Residuos de un Metabolito Concreto: Toda la sustancia activa se ha metabolizado y se extrae una gran cantidad de metabolito derivados de su conversión y poco de materia activa. (vida media corta pero muy tóxicos).

n       Sustancia Original y Metabolitos: La sustancia original no se ha metabolizado completamente y se extrae una gran cantidad de metabolitos y de sustancia original. Se presentan ambos valores.

Estos residuos de plaguicidas, deben ser concordantes a los niveles de residuos permitidos o tolerados para dicho plaguicida en la legislación. Los niveles de concentración de residuos deben estar bajo los niveles establecidos como LMRs (Límite Máximo de Residuos) y LMREs (Límite Máximo de Residuos Extraños), establecidos por ley para cada mercado y para cada producto alimenticio en particular.
Los LMRs corresponden a niveles de concentración de residuos del plaguicida en cuestión y que al estar en la dieta en esas cantidades no tendrían efecto sobre la salud de la población, esto deja en evidencia que para cada país o mercado la norma varía según las características de la población (por ejemplo el peso medio y constitución poblacional de riesgo especialmente niños, adultos mayores, mujeres en periodo de embarazo o lactancia y los no nacidos).

Para establecer los LMRs de los plaguicidas, se siguen 2 caminos complementarios, uno de laboratorio con animales modelos (ratas, conejos, perros u otros) y otro de campo donde se observan los resultados de aplicaciones bajo condiciones de Buenas Prácticas Agrícolas. A continuación se describe brevemente en que consiste cada una:

n       Criterio Toxicológico (laboratorio): Establece toxicidades para humanos y animales, a través de establecer previamente el nivel sin efecto (NOEL, NEL, NOAEL) para los animales modelos (ratas y perros), Este nivel sin efecto corresponde a una exposición contínua al plaguicida donde no se observan efectos a nivel molecular, de metabolismo ni de comportamiento. Luego sobre el Nivel sin Efecto, se usa un factor de seguridad que permite extrapolar los valores desde los animales modelos al ser humano, este factor normalmente es de 100, quiere decir que multiplica 100 veces el umbral de concentración máxima aceptada para aumentar la seguridad frente al producto (el 100 nace de 10 inter-específico y 10 intra-específico), aunque a veces se pueden utilizar valores de hasta 1000 o 10000. Luego este el valor Sin Efecto para Humanos, corresponde  al IDA (Ingesta Diaria Admisible) en mg de residuo/Kg de peso del humano  y luego se determina el Nivel Permisible de residuo para la cosecha, este nivel permisible, usa el IDA y lo multiplica por un valor de peso promedio de la población (la de mayor riesgo niños o ancianos) y por un factor de corrección según la dieta de la población (también la más riesgosa como puede ser de los vegetarianos).

n       Criterio Agronómico: Establece ensayos de Campo, mediante procedimientos de BPAs (calibración de maquinarias, respeto de los periodos de espera tales como la Carencia, etc.) y los valores de residuos de plaguicidas en el producto evaluado deben ser menores a los niveles permisibles determinados por el método anterior, de ser menores, se toma este valor como LMRs, ya que así se evita sobreutilización de plaguicidas o una exposición cercana al valor residual permisible, de lo contrario, si los valores de residuos son mayores al método anterior, los resultados son obviados y se considera sólo el criterio toxicológico, con esto se consigue que se espere más entre el momento de aplicación y la cosecha del producto. Este método tiene como finalidad disminuir en cuanto sea posible el uso de plaguicidas de acuerdo a condiciones óptimas de su aplicación en una agricultura de precisión.

En el caso de no cumplirse el LMR (es decir sobrepasar su valor) es probable dos cosas, la primera que exista riesgo de intoxicación por exposición, esta intoxicación correspondería a Intoxicación Aguda (que es inmediata y cuyos efectos deben ser por lo mismo tratados con mucha velocidad), sin embargo esto sólo es posible si los niveles de residuos son exageradamente altos en relación a lo establecido, la otra opción, es que el consumo a largo plazo de productos que tengan LMR superiores a la norma ejerzan una Intoxicación Crónica, cuyos efectos no son inmediatos sino que a largo plazo, teniendo años para expresarse una afección relacionada, por ello es sumamente importante que se respeten y se fiscalicen los LMRs constantemente. Este tipo de Intoxicación crónica puede ser comparable a la que puedan sufrir quienes manipulan productos plaguicidas y a quienes puedan verse expuestos en zonas donde se utilicen de manera continúa estos tratamientos. De ahí la importancia de la certificación de quienes manipulan plaguicidas y también del acceso comunitario a la información de quienes vivan cerca de zonas agrícolas donde se realizan tratamientos fitosanitarios.
Sin embargo, si los LMR de residuos están dentro de los valores establecidos por ley, se puede asegurar que el consumidor no tendrá un efecto dañino sobre su salud. Hay que recordar que los valores de LMRs son evaluados constantemente y corregidos cuando se tienen indicaciones de algún riesgo mayor, de lo contrario son llevados a revisión para ser eliminados o excluidos de la lista de productos autorizados y se prohíbe su uso.

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